Temas Generales

Bioética- Comités de Etica de Castilla y León

Los Comités de Ética Asistencial son órganos colegiados de deliberación, con carácter consultivo e interdisciplinar, creados en los centros, servicios y establecimientos de titularidad pública o privada, para el análisis y asesoramiento sobre las cuestiones de carácter ético que surjan en el ámbito asistencial, con el fin último de contribuir a la humanización de la asistencia sanitaria.

Composición y funciones de los Comités de Ética Asistencial

Los Comités de Ética Asistencial están formados por un número mínimo de siete miembros, a ser posible con formación y experiencia en materia de bioética, entre los cuales deberá figurar: personal facultativo, personal sanitario no facultativo, personal no sanitario, una persona licenciada en derecho o titulada superior con conocimientos de legislación sanitaria y una persona ajena al centro, no vinculada a las profesiones sanitarias. En el caso de que en el centro existiera Comité Ético de Investigación Clínica, Comisión de Calidad o Servicio de Atención al Usuario, un miembro de cada uno de estos órganos deberá formar parte del Comité de Ética Asistencial.

Entre sus funciones destacamos las siguientes:

Velar por los derechos de los usuarios, promoviendo un entorno asistencial lo más humano posible.

*  Velar por el respeto de la dignidad de las personas que intervienen en la relación asistencial.

*  Asesorar en el proceso de toma de decisiones en aquellas situaciones en que se planteen conflictos éticos.

*  Asesorar desde una perspectiva ética a los correspondientes centros.

*  Elevar cuestiones que consideren oportunas a la Comisión de Bioética de Castilla y León.

Relación de los Comités de Ética Asistencial acreditados actualmente

Actualmente se encuentra acreditados los siguientes Comités de Ética Asistencial:

  • Comités de Ética  Asistencial de Hospitales:-  Comité del Hospital Comarcal "Santiago Apóstol" de Miranda de Ebro (Burgos).
    -  Comité del Hospital "Santos Reyes" de Aranda de Duero (Burgos).
    -  Comité del Hospital Comarcal de Medina del Campo (Valladolid).
  • Comités de Ética  Asistencial de Áreas de Salud:
    -  Comité del Área de Salud de León.
    -  Comité del Área de Salud de Salamanca.
    -  Comité del Área de Salud de Ávila.
    -  Comité del Área de Salud de Segovia.
    -  Comité del Área de Salud de Soria.
    -  Comité del Área de Salud de Palencia.
    -  Comité del Área de Salud de El Bierzo (León).
    -  Comité del Área de Salud de Valladolid Oeste.
    -  Comité del Área de Salud de Valladolid Este.
    -  Comité del Área de Salud de Zamora.
    -  Comité del Área de Salud de Burgos

Reglamento interno de funcionamiento

Una de las funciones de los Comités de Ética Asistencial es la de elaborar y aprobar su propio reglamento  de régimen interno. Desde la Comisión de Bioética de Castilla y León se elaboró un modelo de reglamento que los Comités podrán seguir

Requisitos para la acreditación de nuevos Comités de Ética Asistencial

Los Comités de Ética Asistencial, para ser acreditados, deberán justificar un año de funcionamiento, al menos, desde su creación.

La solicitud de acreditación se dirigirá a la Consejería de Sanidad firmada por la persona o personas responsables de los correspondientes centros, servicios o establecimientos, y acompañada de los siguientes documentos:

  • Copia del acuerdo de creación del Comité o certificación referida al momento en que comenzó a funcionar.
  • Justificación documental de las actividades desarrolladas por el Comité durante el último año.
  • Relación de miembros del Comité, con expresión del puesto de trabajo que desempeñan y su currículo vitae, con especial referencia  a su interés, conocimiento y experiencia en materia de bioética.
  • Declaración del solicitante relativa a los medios materiales y humanos que se ponen a disposición del Comité para el adecuado ejercicio de sus funciones, como mínimo: espacio para secretaría, mobiliario adecuado para garantizar la confidencialidad de los documentos, soporte informativo para manejar la información y cuantos puedan tener incidencia en su mejor funcionamiento
  • Copia del reglamento de régimen interno del Comité.


Comprobado el cumplimiento de los requisitos por la Comisión de Bioética de Castilla y León, y a propuesta de ésta, el Consejero de Sanidad resolverá la acreditación del Comité, especificando el ámbito de actuación que le corresponda.

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